16 de mayo de 2015

Publicado en Gaceta Oficial sistema de remuneración de funcionarios y obreros públicos


De acuerdo con el decreto N° 1.738, publicado en Gaceta Oficial número 40.660, que circula este viernes, la escala de sueldos para el personal administrativo bachiller quedó fijada, desde el pasado 1° de mayo, en un mínimo de 6.746,98 bolívares y en un máximo de 14.419,18 bolívares, según los grupos o clases de cargos Este viernes, fue oficializado el ajuste al sistema de remuneraciones de los funcionarios y obreros de la Administración Pública, anunciado el pasado 1° de mayo por el presidente de la República, Nicolás Maduro.

De acuerdo con el decreto N° 1.738, publicado en Gaceta Oficial número 40.660, que circula este viernes, la escala de sueldos para el personal administrativo bachiller quedó fijada, desde el pasado 1° de mayo, en un mínimo de 6.746,98 bolívares y en un máximo de 14.419,18 bolívares, según los grupos o clases de cargos.

La escala de sueldos para el personal administrativo técnico superior universitario contempla un salario mínimo de Bs. 7.459,85 y un máximo de 15.398,84 bolívares, de acuerdo con los grupos o clases de cargos.

En tanto, el personal administrativo profesional universitario devengará, según grupos y clases de cargos, un mínimo de 7.936,11 bolívares y un máximo de Bs. 16.603,31.

A partir del 1° de julio, dichas escalas quedarán fijadas de la siguiente manera: personal administrativo bachiller con una retribución mínima de 7.421,68 bolívares y una máxima de Bs. 15.861,10; personal administrativo técnico superior universitario con un mínimo de 8.205,84 bolívares y un máximo de 16.938,73 bolívares; y el personal administrativo profesional universitario con un mínimo de 8.729,72 bolívares y un máximo de Bs. 18.263,65.

Por su parte, el decreto N° 1.739 establece que el tabulador salarial para los obreros de la Administración Pública, desde el pasado 1° de mayo, quedó definido con una retribución mínima de 6.746,98 bolívares y una máxima de Bs. 11.516,69, dependiendo del grado de clasificación.

Desde el 1° julio, dicho tabulador quedará con un salario mínimo de 7.421,68 bolívares y un máximo de Bs. 12.668,36, de acuerdo con los grados de clasificación.

El pasado 1° de mayo, el Ejecutivo nacional decretó un aumento de 30% al salario mínimo, que se efectuará de la siguiente manera: 20% a partir del 1º de mayo y 10% a partir del 1º de julio de este año.

Con este aumento, la remuneración mínima mensual que percibirán los trabajadores pasará a 7.421,6 bolívares, lo que representa un crecimiento de 52% en un período de seis meses.

A este monto se suman el bono que se paga por la Ley de alimentación, entre 2.250 y 3.375 bolívares mensuales, que usualmente se paga en tickets.

La Revolución Bolivariana suma desde su inicio, en 1999, un total de 29 aumentos del salario mínimo, para reivindicar y proteger a la clase obrera venezolana.

Esta política de reivindicación social también forma parte del sistema de protección social creado por el Gobierno Bolivariano, que además, suma la generación de un total de 4.793.908 empleos en los últimos 16 años, lo que logró bajar la tasa de desocupación de 14,5 % en 1999 a 5,5 % al cierre del año 2014.

Fuente/AVN

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